- Un derecho que se a violado por la conducta de otro.
- Un derecho existe de forma irregular por mala conformación de su fuente, por desaparición de su base o por prescripción.
- Cuando la propia naturaleza del derecho busca su transformación en otro.
- Cuando el derecho no se realiza de manera voluntaria.
- Cuando el titular del derecho se encuentra en peligro de perder el derecho .
¿Quién puede
iniciar una acción?
El titular del derecho a
quien a afecte el derecho directamente esto se conoce como la
legitimación ordinaria. Algunas acciones permiten que
terceros con interés puedan iniciar una acción esto es la legitimación
extraordinaria.
Algunas clases de
Acciones Civiles:
- Acciones Patrimoniales: Buscan la reparación del Bien.
- Acciones Personales: La fuente de estas acciones es un contrato. Entre estas acciones Personales se encuentran 1) Responsabilidad Civil Contractual: Que se presentan cuando hay un incumplimiento de contrato. 2) Responsabilidad Civil Extra-contractual: Nace de un evento no querido por las partes pero que genera obligaciones iguales a las de un contrato, ejemplo: Responsabilidades generadas por un accidente de transito.
- Acciones Familiares: Pueden ser el reconocimiento de hijos o la petición de alimentos.
- Acción de Lesión Enorme: Esta persigue la destrucción del negocio jurídico, recae solo para bienes inmuebles. Aquí se revisa el precio de venta del inmueble y se constituye lesión enorme si fue vendido por menos del 50% del valor del inmueble.
- Acción de Simulación: Se pide que las obligaciones y derechos que aparecen en estos contratos no existen o que existen de manera diferente.
- Acción Pauliana: Esta busca que se revoque los actos que se han enajenado por el deudor debido al fraude que realizo.
- Acción de Divorcio: Busca la finalización del vinculo matrimonial.
- Acción de Indignación: Con esta se declara a un heredero indigno y con ello se le priva de recibir la herencia.
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