viernes, 18 de enero de 2013

Que es una Persona- Según el Derecho Civil


Persona del latín persōna, se conoce como un individuo de la especie humana.

En el Derecho existen dos tipos de personas; a) Personas Naturales: Son personas fisicas  naturales e individuos de la especie humana que pueden  adquirir derechos y obligaciones. (art. 73 y 74 Código Civil Colombiano) b) Personas Jurídicas:  Son personas "ficticias" que son capaces de adquirir derechos y obligaciones pero como son personas ficticias necesitan de una persona que los represente, un representante legal, existen dos tipos de personas jurídicas las Corporaciones y Fundaciones. (art. 73 y 633 Código Civil Colombiano).
 
¿Cuándo se considera según la ley que una persona? Art. 90 Código Civil Colombiano

Se considera persona al ser que  ha nacido y  que tiene una existencia separada de la madre, es decir si muere dentro del vientre, muere antes de estar completamente separado de la madre o no sobrevive a la separación un momento siquiera se considerará que nunca existió.

Pero la ley tiene la obligación de proteger al que esta por nacer (art. 91 Código Civil Colombiano) así que el juez puede tomar las medidas que considere necesarias para su protección.

Nota: La ley también establece una regla para determinar el tiempo de concepción. Art. 92 Código Civil Colombiano

¿Cuándo se considera ha dejado de existir?

a) Muerte Real: Que es la física se evidencia con el cadáver.
b)Conmoriencia:  (art. 95 Código Civil colombiano)
c)Muerte Presunta: Esta curre por desaparición o Ausencia, la ausencia se puede declarar después de 2 años de la desaparición y probando que se ha realizado todas las acciones posibles para localizarlo.(art. 96 Código Civil Colombiano)

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